IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
El IVA es un impuesto que grava el valor añadido, que la empresa contribuyente incorpora a los bienes que vende o a los servicios que presta. Las empresas sujetas al IVA deben incluir este impuesto en sus facturas de venta y a la vez, asegurarse de que sus proveedores también lo incluyan en las respectivas facturas.
Los registros contables exigidos para los contribuyentes del IVA son: Libro Compras y Ventas IVA, Libro Diario, Libro Inventario, los cuales deberán ser rubricados.
El IVA no constituye un costo para el que vende, sino que se traslada al comprador final, es decir, al consumidor.
Son contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado:
Las empresas unipersonales, cuando sus ingresos superen los G. 45.026.223 en el año, (este monto es ajustable anualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor).
Las sociedades, cualquiera sea el monto de sus ingresos
Importadores, cualquiera sea el monto de sus ingresos.
Forma de Cálculo
El impuesto a pagar surge de la diferencia entre el IVA de sus facturas de ventas (débito fiscal) y el IVA de las facturas de sus compras (crédito fiscal).
Débito fiscal, es el 10% del monto de su facturación neta mensual
Crédito fiscal, es el 10% del monto de compras de insumos para el funcionamiento de la empresa y respaldados con las facturas correspondientes.
Exoneraciones:
- Venta de productos agropecuarios en estado natural
- Venta de combustibles
- Arrendamiento de inmuebles
- Préstamos y depósitos en entidades financieras.
Formularios utilizados
Formulario 800 de la SSET, para quienes realicen únicamente operaciones gravadas.
Formulario 801 de la SSET, para quienes realicen operaciones gravadas y exoneradas.
Vencimientos
Período de liquidación y pago: Mensual vencido
De acuerdo con la terminación del RUC:
- 0-9 décimo día hábil del mes
- A-J duodécimo día hábil del mes
- K-Q décimo cuarto día hábil del mes
- R-Z décimo sexto día hábil del mes
Los bancos habilitados para recibir el pago de impuestos son: Banco Nacional de Fomento y Citibank, o en las agencias regionales de la Subsecretaría de Estado de Tributación.