EMPRESA UNIPERSONAL
Es una unidad productiva perteneciente a una persona física, en la que se emplea en forma conjunta el capital y el trabajo, en cualquier proporción, con el objeto de obtener un resultado económico, con excepción de los servicios de carácter personal.
Constituye la forma más sencilla de legalización y la de menor costo para su apertura.
En caso de quiebra del negocio, el dueño responde con todos los bienes de la empresa y también con sus bienes personales.
El régimen impositivo al que está sujeto es Tributo Único, siempre que su facturación anual no sea superior a G. 45.026.233 (Cuarenta y cinco millones veintiséis mil doscientos treinta y tres guaraníes (monto ajustado anualmente en función a la variación del Indice de Precios al Consumidor). Al ser contribuyente de Tributo Único, la empresa es exonerada de pagar el Impuesto a la Renta y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Cuando su facturación anual supere el importe establecido, la empresa unipersonal pasa a estar sujeta al régimen impositivo del IVA e Impuesto a la Renta.
Requisitos particulares para Apertura:
- Inscripción en la Dirección de Apoyo del Ministerio de Hacienda (RUC)
Llenar los formularios:
400 - Solicitud de Inscripción de Personas Físicas, si no cuenta con Registro Único de Contribuyente (RUC)
402 - Cambio de Información de Personas Físicas, si cuenta con Registro Único de Contribuyentes (RUC)
416 - Formulario Anexo para Ubicación de Domicilio
Presentar Fotocopias de:
- Cédula de Identidad Paraguaya o Pasaporte o Cédula de Migración.
- Fotocopia de Libreta de Familia o Certificado de Nacimiento para mujeres casadas, viudas o separadas.
- Registro Único de Contribuyente (RUC).
- Inscripción en la Matrícula del Comerciante
- Rúbrica de Libros Contables